El 11 de julio de 2016, la Comisión de la UE publicó un nuevo acto legislativo (Reglamento UE nº 2016/1121), cuyo objetivo es permitir el uso de HCl de etil lauroil arginato en enjuagues bucales en determinadas condiciones. Esta nueva modificación del Reglamento sobre cosméticos de la UE (CE nº 1223/2009) entrará en vigor el 1 de agosto de 2016 y no prevé ningún periodo transitorio, por lo que la aplicación de este texto legal será inmediata.
El etil lauroil arginato HCl (CAS 60372-77-2) es un conservante incluido en la entrada 58 del anexo V. Hasta ahora, este conservante estaba permitido al 0,4 % en todos los cosméticos, a excepción de los productos labiales, los productos bucales y los productos en aerosol. Basándose en un expediente de seguridad presentado por la Industria, el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) llegó a la conclusión de que el uso de HCl de etil lauroil arginato también es seguro en colutorios al 0,15 %, excepto en los productos destinados a niños menores de 10 años.
La Comisión de la UE ha transpuesto íntegramente estas recomendaciones en el esbozo de reglamento anterior. Además, el uso de etil lauroil arginato HCl en colutorios lleva aparejada la obligación de etiquetar la advertencia «No utilizar en niños menores de 10 años».
La prohibición de este conservante sigue siendo aplicable a los productos labiales, los productos en aerosol y los productos bucales (a excepción de los colutorios).