Carta informativa 128 de BIORIUS (esta carta informativa es continuación de nuestra carta informativa 124): Prohibición de los gases fluorados de efecto invernadero en los cosméticos, el Reglamento (UE) 2024/573 se publicó a principios de 2024. Los plazos de cumplimiento son bastante ajustados, compruébalo:
El Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014, ha sido adoptado y publicado en el Diario Oficial el20 de febrero de 2024.
Los plazos para cumplir la normativa son bastante ajustados.
La prohibición
A partir del 1 de enero de 2025 quedará prohibida la comercialización de productos y aparatos, incluidas sus partes, correspondientes a productos de cuidado personal (por ejemplo, mousses, cremas, espumas, líquidos, aerosoles) que contengan gases fluorados de efecto invernadero.
Esta prohibición se aplica a todos los gases fluorados de efecto invernadero enumerados en los anexos I, II y III del reglamento (facilitados al final de esta carta informativa para mayor comodidad).
Periodos transitorios
Un año después de la fecha límite de prohibición, sólo se permitirá el suministro posterior o la puesta a disposición de otra parte en la Unión, mediante pago o de forma gratuita, de productos o equipos comercializados legalmente antes del 1 de enero de 2025 si se aportan pruebas de que el producto o el equipo se comercializó legalmente antes del 1 de enero.st 2025.
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