Cosméticos Noticias de última hora

Noviembre de 2024: 2 Dictamen preliminar del SCCS sobre 2 filtros UV muy utilizados publicado el 12 de noviembre

El Consejo Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) de la UE revisó la seguridad de la benzofenona-1 y el etilhexil metoxicinamato (EHMC) debido a sus propiedades de alteración endocrina. El CCSC llegó a la conclusión de que ambos filtros UV son sustancias con actividad endocrina tanto in vitro como in vivo, pero el CCSC no pudo pronunciarse sobre su seguridad debido a la insuficiente información facilitada para excluir la genotoxicidad. Ambos dictámenes están abiertos a comentarios hastael 13 y el17 de enero, respectivamente. Esperamos que la industria aporte datos adicionales que respalden ambos ingredientes.

Noviembre de 2024: Las normas de etiquetado de Francia, a examen de la UE: Está en juego la libre circulación de mercancías

La Comisión Europea ha enviado un dictamen motivado a Francia, instando al cumplimiento de las normas de la UE sobre libre circulación de mercancías. Francia exige que los productos domésticos incluidos en los sistemas de responsabilidad ampliada del productor (RAP) lleven etiquetas específicas de clasificación de residuos, concretamente la Info-Tri. La Comisión argumenta que estas normas nacionales de etiquetado crean barreras comerciales innecesarias y carecen de proporcionalidad, ya que existen alternativas menos restrictivas. Además, Francia no notificó a la Comisión estas normas con arreglo a la Directiva sobre la transparencia del mercado único. Francia dispone ahora de dos meses para responder a las preocupaciones de la Comisión o se enfrenta a un posible recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE. Hasta entonces, las empresas deben cumplir los requisitos de etiquetado franceses vigentes cuando el producto se comercialice en el mercado francés.

Octubre de 2024: El Reino Unido seguirá adaptándose a la normativa de la UE sobre cosméticos

Normativa sobre cosméticos de la UE y el Reino Unido

El Reino Unido ha notificado a la Organización Mundial del Comercio (OMC) un proyecto de reglamento que prohibirá determinadas sustancias CMR (carcinógenas, mutágenas o reprotóxicas), lo que supone una mejor armonización con la Unión Europea. Este proyecto contiene CMR que ya están prohibidos en la UE o que lo estarán en virtud del próximo Reglamento Ómnibus VIIen particular, la DIMETILTOLILAMINA (CAS 99-97-8), utilizada habitualmente en productos para las uñas. Esta modificación también se alinea con la UE en lo que respecta a las restricciones sobre el ÁCIDO KOJICO. Sin embargo, las fechas de aplicación no se alinearán con la UE.

octubre de 2024: Se ha publicado la 22ª Adaptación al progreso técnico del reglamento CLP de la UE

Incluye la clasificación CMR de 7 ingredientes potencialmente utilizados en cosméticos, entre ellos la Plata micronizada, el Salicilato de hexilo y el O’fenilfenol. Estos 3 ingredientes han sido revisados por el CCSC y estarán restringidos, mientras que los demás estarán prohibidos. La fecha de aplicación esel 1 de mayo de 2026.

septiembre de 2024: La ECHA clasificará el TALC como CMR

 

La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos adoptó una clasificación oficial armonizada para el TALC: Carc. 1B; H350, STOT RE 1; H372 (pulmones, inhalación) Este dictamen de la ECHA se publicará en breve, y dará lugar a una clasificación oficial CLP del TALC como Carcinógeno 1B.

septiembre de 2024: Los Países Bajos tienen la intención de presentar un expediente de clasificación CMR 1B para el Hidroxicitronnellal

Biorius Países Bajos

El11 de septiembre, los Países Bajos anunciaron su intención de presentar un expediente de clasificación del hidroxicitronelal como:

  • sensibilizador cutáneo 1B, puede provocar sensibilización cutánea
  • CMR 1B: Reprotóxico 1B, puede dañar al feto

 

Esta sustancia, muy utilizada en perfumería, está presente en más de la mitad de los productos de fragancias finas y en más del 5% de los productos del mercado, ya sea como ingrediente sintético o procedente de aceites esenciales. En caso de que la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (AECQ) confirmara la clasificación, habría que presentar un expediente de defensa al Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) de la UE para una evaluación independiente de su seguridad en los cosméticos.

Agosto de 2024: Revisión de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas

Como parte del Pacto Verde Europeo, la UE pretende modernizar la gestión de las aguas residuales en lo que respecta a los microcontaminantes y la adaptación al clima. Cabe destacar que incluirá normas de tratamiento más estrictas, neutralidad energética para 2040 y el principio de “quien contamina paga” para los productos farmacéuticos y cosméticos. Ambas industrias sufragarían el 80% de los costes de eliminación de los microcontaminantes mediante un sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). Aunque todavía se está debatiendo si otros sectores contribuyen a la carga de microcontaminantes de las aguas residuales urbanas, el Parlamento de la UE ha aprobado un proyecto de texto normativo en primera lectura en abril de 2024, y este reglamento está a punto de aprobarse.

Agosto de 2024: El Reglamento sobre Envases y Residuos de Envases (PPWR) en vías de adopción

Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR)

A finales de abril, el Parlamento de la UE adoptó en primera lectura una propuesta de texto para la revisión del Reglamento sobre Envases y Residuos de Envases (PPWR). Tendrá un tremendo impacto en los cosméticos: contenido mínimo de plástico reciclado postconsumo (PCR) en el plástico utilizado, prohibición de todos los envases de productos cosméticos hoteleros de un solo uso, instrucciones de clasificación, reutilización de envases, medidas de minimización de envases… Esperamos una adopción definitiva a finales del tercer trimestre y su publicación antes de finales de 2024, y se aplicará 18 meses después de su entrada en vigor. Biorius te mantendrá informado de los avances de este importante texto para la industria en general.

Julio de 2024: Escocia prohibirá las toallitas húmedas que contengan plástico

Noticias de última hora Escocia prohibirá las toallitas húmedas

El24 de julio, Escocia dio a conocer el texto normativo, que se adoptará en otoño, por el que se prohíben las toallitas húmedas que contengan plástico. Se prohibirá el suministro de toallitas húmedas que contengan plástico, salvo por parte de las farmacias registradas. Se ha concedido un periodo transitorio para que las empresas se adapten. Este periodo de transición finaliza el30 de abril de 2026. El resto del Reino Unido adoptará la misma prohibición de toallitas húmedas que contengan plástico el mes que viene.

Julio de 2024: Actualización de la MoCRA: Registro simplificado de cosméticos con nuevas funciones de la FDA

Biorius - Actualización MoCRA: Nuevo registro de cosméticos de la FDA

La Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. (FDA) ha anunciado nuevas funciones en Cosmetics Direct destinadas a mejorar los procesos de registro y listado de la industria cosmética. Estas mejoras incluyen la capacidad de suspender y volver a registrar productos cosméticos sin problemas, simplificando el cumplimiento y la gestión del registro de productos. Las actualizaciones están diseñadas para agilizar y mejorar la eficacia de mantener actualizados los registros de productos.

Junio de 2024: China: Nuevos métodos de ensayo y prohibición de 5 principios activos medicinales

En marzo de 2024, China modificó las Normas Técnicas y de Seguridad de los Cosméticos para:

  • prohibir 5 medicamentos (prostaglandinas) en los cosméticos.
  • añadir nuevos métodos de ensayo toxicológico para el registro de nuevos ingredientes
  • modificar los métodos analíticos para los productos cosméticos, entre ellos el método analítico para el dioxano

 

Mientras que la prohibición de las protaglandinas es inmediata, las nuevas pruebas toxicológicas y el método analítico modificado serán aplicables a partir del 1 de diciembre de 2024.

Junio de 2024: Dictamen del CCSC sobre la seguridad y (re)evaluación del salicilato de hexilo para niños menores de 3 años

El dictamen del SCCS sobre la seguridad del salicilato de hexilo en cosméticos, fechado en marzo de 2024, concluyó que es seguro para su uso hasta:

  • fragancias de base hidroalcohólica 2%.
  • Todos los productos que se aclaran 0,5%.
  • Todos los productos Leave on 0,3%
  • Cuidado bucal (dentífrico y colutorio) 0,001

Sin embargo, no llegaron a ninguna conclusión para los niños menores de 3 años, debido a la falta de escenario de exposición proporcionado por la industria. La industria proporcionó el escenario de exposición y el CCSC revisará la seguridad de los niveles mencionados para los niños menores de 3 años. El resultado se espera para el 31 de julio de 2024 a más tardar.

Mayo de 2024: Se ha publicado la tan esperada restricción REACH D4,D5,D6

Hasta ahora, en la UE, el D4 estaba prohibido en productos cosméticos sin aclarado y sin aclarado, y el D5 estaba limitado al 0,1% en productos sin aclarado (y prohibido en aerosoles y sprays). La semana pasada se adoptó y publicó el Reglamento sobre el ciclotetrasiloxano (D4), el ciclopentasiloxano (D5) y el ciclohexasiloxano (D6), que restringe sus usos al 0,1% p/p como máximo en los productos de la UE: Reglamento – UE – 2024/1328 – FR – EUR-Lex (europa.eu)

 

Este reglamento introduce nuevas restricciones:

  • A partir del 6 de junio de 2026, el D6 se limitará al 0,1% en los productos que se aclaran
  • A partir del 6 de junio de 2027, los productos D5 y D6 se limitarán al 0,1% sin enmascarar.

Los productos que no cumplan estos plazos tendrán que ser retirados del mercado.

Abril de 2024: publicación del “Reglamento Ómnibus”.

 

El Reglamento (UE) 2024/858, también conocido como Reglamento “Ómnibus NANO”, se publicó finalmente el 15 de marzo de 2024 en el Diario Oficial de la Unión Europea. Este reglamento modifica el Reglamento sobre cosméticos de la UE (CE 1223/2009) en lo que respecta al uso de algunos nanomateriales en los productos cosméticos y aplica varios dictámenes del CCSC sobre la seguridad de los nanocomponentes fechados entre 2021 y 2023.
Para más información, consulta el texto reglamentario original.

Abril de 2024: Modificación del Reglamento sobre cosméticos del Reino Unido para restringir el uso de BHT

Se ha publicado una enmienda al Reglamento sobre Cosméticos del Reino Unido que restringe el uso de butilhidroxitolueno
(alias BHT, CAS N# 128-37-0) en cosméticos hasta:

  • 0,1% en pasta dentífrica
  • 0,001% en enjuagues bucales y productos de cuidado bucal sin enjuague
  • 0,8% en otros productos sin aclarado y con aclarado

Este reglamento entrará en vigor el22 de abril de 2024.

El reglamento concede un periodo transitorio a los productos ya comercializados antes del 24 de febrero de 2025: pueden seguir comercializándose hasta el 24 de junio de 2025.

Se ajusta básicamente al Reglamento sobre cosméticos de la UE, con una ligera diferencia: la limitación de los productos de higiene bucal sin enjuague al 0,001%.

de abril de 2024: El Reglamento (UE) 2024/996 de la Comisión, de 3 de abril de 2024, ha sido publicado el 4 de abril en el Diario Oficial de la UE.

Este reglamento modifica los anexos del reglamento sobre cosméticos de la UE de acuerdo con los dictámenes del CCSC y los aplica:

  • Prohibición del alcanfor 4-metilbencilideno (SCCS/1640/21)
  • Nuevas restricciones para la genisteína, la daidzeína (SCCS/1641/22), el ácido kójico (SCCS/1637/21), la arbutina, la alfa-arbutina (SCCS/1642/22), el retinol, el palmitato de retinol y el acetato de retinol (SCCS/1639/21)
  • Restricciones actualizadas/adicionales para el Triclosán y el Triclocarbán (SCCS/1643/22)

Los periodos de transición para cumplir estas nuevas restricciones empiezan a partir de diciembre de 2024 para el triclosán/triclocarbán y son diferentes según el ingrediente.

Para saber más sobre estas nuevas restricciones, visita Reglamento – UE – 2024/996 – ES – EUR-Lex (europa.eu)

 

Marzo de 2024: publicación del “Reglamento Ómnibus”.

El Reglamento (UE) 2024/858, también conocido como Reglamento “Ómnibus NANO”, se publicó finalmente el 15 de marzo de 2024 en el Diario Oficial de la Unión Europea. Este reglamento modifica el Reglamento sobre cosméticos de la UE (CE 1223/2009) en lo que respecta al uso de algunos nanomateriales en los productos cosméticos y aplica varios dictámenes del CCSC sobre la seguridad de los nanocomponentes fechados entre 2021 y 2023.
Para más información, consulta el texto original del reglamento: Reglamento – UE – 2024/858 – ES – EUR-Lex (europa.eu)

 

Marzo de 2024: El proyecto de dictamen del CCSC sobre el aceite de vetiver acetilado está disponible y abierto a comentarios hasta el 3 de mayo de 2024.

 

El aceite de Vetiver acetilado es un ingrediente de fragancia (nº CAS 84082-84-8, nº CE 282-031-1). El SCCS considera que el Aceite de Vetiver Acetilado (AVO) (con un 1% de alfa-tocoferol) es seguro cuando se utiliza en las concentraciones máximas previstas de 0,9% (p/p) en aerosoles con bomba de fragancia, 0,05% (p/p) en aerosoles desodorantes y 0,1% (p/p) en lacas para el pelo y lociones corporales en aerosol.

Merece la pena observar que:

  • Sólo las calidades que contienen un 1% de alfa-tocoferol son consideradas seguras por el SCCS
  • Aunque el SCCS considera seguro un 0,2% en productos que se aclaran (jabones, geles de ducha, acondicionadores que se aclaran, champú), no se menciona en la conclusión, ya que este dictamen se centra en la toxicidad por inhalación de productos pulverizables
  • Estos porcentajes son idénticos a las limitaciones de la IFRA (en categorías de productos afines)

Marzo de 2024: El Comité Científico Europeo de Seguridad de los Consumidores (CCSC) vuelve a evaluar la seguridad del Octoxinato.

El etilhexil metoxicinamato (EHMC) (nº CAS 5466-77-3/83834-59-7), también conocido como octoxinato, es un filtro UV autorizado entre el 7,5% y el 10% en las normativas cosméticas de todo el mundo, excepto en Hawaï, las Islas Vírgenes de EEUU, Palau y Thaïlande, donde está prohibido. El SCCS volverá a evaluar la seguridad de este filtro UV al 10% como filtro UV en productos cosméticos, en particular en lo que respecta a sus propiedades de alteración endocrina. El dictamen del SCCS se espera para finales de 2024.

Marzo de 2024: Nuevo tinte capilar en proceso de inclusión en los anexos del reglamento sobre cosméticos de la UE.

Ya es definitivo el dictamen del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) de la UE sobre la seguridad de la hidroxipropil p-fenilendiamina y su sal de dihidrocloruro (A165), en productos oxidantes para teñir el cabello. Aunque el CCSC no puede excluir un potencial de irritación ocular de leve a moderado, el CCSC considera que la hidroxipropil p-fenilendiamina y su sal de dihidrocloruro (nº CAS/CE 73793-79-0/827-723-1 y 1928659-47-5/-) son seguras cuando se utilizan en productos de coloración capilar oxidativa hasta una concentración máxima en la cabeza del 2%. Este nuevo tinte capilar formará parte de un futuro proyecto de reglamento para añadirlo a los tintes capilares autorizados por el Reglamento 1223/2009 sobre cosméticos de la UE.

Febrero de 2024: La UE refuerza la política sobre declaraciones de sostenibilidad adoptando la Directiva “Capacitar a los consumidores para la transición ecológica mediante una mayor protección contra las prácticas desleales y una mejor información” (también conocida como “Directiva sobre el lavado verde”).

Este texto pretende abordar cuestiones como el lavado verde, la obsolescencia prematura y el uso de etiquetas de sostenibilidad poco fiables, proporcionando a los consumidores información exhaustiva sobre la durabilidad, la reparabilidad y el impacto medioambiental de los productos. Incluye definiciones relativas a las alegaciones medioambientales, las etiquetas de sostenibilidad, los sistemas de certificación y las herramientas de información sobre sostenibilidad.
La propuesta complementa iniciativas como la Directiva sobre Alegaciones Verdes y el Reglamento sobre Diseño Ecológico de Productos Sostenibles, con el objetivo de introducir más requisitos para las alegaciones medioambientales y las normas de sostenibilidad. Para que sea efectiva, esta directiva sobre el lavado verde tendrá que transponerse al derecho nacional de los miembros de la UE en un plazo de 18 meses a partir de su adopción, y las disposiciones de la directiva tendrán que aplicarse a más tardar en un plazo de 2 años. Es de esperar que algunos países como Francia o Alemania lo hagan antes.

febrero de 2024: Dictamen del CCSC sobre la seguridad del dióxido de titanio en los productos cosméticos orales

Se está ultimando un dictamen preliminar sobre el dióxido de titanio (TiO2) en los cosméticos orales, publicado en diciembre de 2023, que ha estado abierto a comentarios.
Este dictamen abarca más de 80 calidades de TiO2, 40 pigmentarias y 44 nano.
Aunque 2 calidades nano se consideran seguras desde el punto de vista de la genotoxicidad, el CCSC solicita pruebas adicionales para descartar el potencial genotóxico de todas las demás calidades.
El CCSC también destaca la necesidad de datos adicionales, para todas las calidades nano, sobre los riesgos de efectos locales derivados de la exposición prolongada de la mucosa oral a las nanopartículas de TiO2.

Febrero de 2024: Adopción por el Comité de Evaluación de Riesgos de la UE de la clasificación CMR 1B del aceite del árbol del té.

La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos ha adoptado oficialmente, el 30 de noviembre de 2023, la clasificación CMR 1B del aceite del árbol del té.
Este ingrediente formará parte de la futura 23ª Adaptación al Progreso Técnico del CLP.
Esto desencadena la necesidad de una revisión de seguridad por parte del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) para apoyar el uso continuado de este material en cosméticos en Europa.
A falta de una revisión de seguridad por parte del CCSC, o en caso de un dictamen negativo del CCSC sobre su uso en cosméticos, el ingrediente quedará prohibido en un par de años.

Febrero de 2024: Prohibición de PFAS en cosméticos: Navegando por el impacto de la Ley No PFAS

MoCRA

Paralelamente al trabajo emprendido por la EPA sobre los PFAS, se ha presentado en la Cámara de Representantes el proyecto de ley HR 6519, también conocido como “Ley sobre la ausencia de PFAS en los cosméticos”, y se ha remitido al subcomité de Salud.
Este proyecto de ley pretende modificar la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (también conocida como MoCRA) para prohibir el uso de perfluoroalquilos o polifluoroalquilos añadidos intencionadamente en los cosméticos.
La definición de “sustancia perfluoroalquilada o polifluoroalquilada” en este proyecto de ley es la siguiente: una sustancia de una clase de sustancias químicas orgánicas fluoradas, fabricada por el hombre y que tiene al menos 1 átomo de carbono totalmente fluorado. El proyecto de ley fijaba el plazo de aplicabilidad en el 1 de enero de 2025.

Enero de 2024: se presenta a la OMC el proyecto de texto de la 22ª Adaptación al Progreso Técnico del Reglamento CLP 1272/2008 de la UE

 

El 18 de enero se presentó a la Organización Mundial del Comercio para su revisión un proyecto de reglamento que modifica la clasificación de peligrosidad de 40 sustancias en la UE. Entre las 40 sustancias, 14 podrían estar presentes en los cosméticos.
Cabe destacar que a 4 de estas 14 sustancias se les ha asignado una clasificación CMR. Esto desencadena la necesidad de un dictamen positivo del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores para garantizar la continuación del uso de estas 4 sustancias en los cosméticos.

Enero de 2024: ACTUALIZACIÓN SOBRE la restricción REACH en D4, D5, D6

El proyecto de Reglamento sobre el ciclotetrasiloxano (D4), el ciclopentasiloxano (D5) y el ciclohexasiloxano (D6), que restringe sus usos al 0,1% p/p como máximo en los productos cosméticos, avanza hacia su adopción.

El proyecto de reglamento se ha presentado al Parlamento y al Consejo de la UE y, salvo objeción, se adoptará y publicará. Este Reglamento modificará el Anexo XVII del Reglamento REACH y se espera que se publique a más tardar en abril de 2024.

 

Por tanto, las fechas de aplicación para los cosméticos se desplazan a:

  • Fecha de publicación + 2 años (a más tardar en abril de 2026) para los productos que se aclaran
  • Fecha de publicación + 3 años (a más tardar en abril de 2027) para los productos “sin permiso”.

Enero de 2024: La 21ª Adaptación al Progreso Técnico aka reglamento UE 2024/197

El 5 de enero de 2024 se ha publicado el 21º reglamento de adaptación al progreso técnico aka UE 2024/197, por el que se modifican los anexos del reglamento CLP UE 1272/2008. Entre otras actualizaciones de la clasificación, cabe destacar que esta 21ª ATP ha asignado una clasificación CMR a dos ingredientes utilizados en productos para las uñas:

  • DIMETILTOLILAMINA (CAS 99-97-8)
  • TPO (TRIMETILBENZOIL DIFENILFOSFINA ÓXIDO CAS 75980-60- 8)

Los productos que contengan cualquiera de estos dos ingredientes estarán prohibidos en los productos cosméticos a más tardar el 1 de febrero de 2025 y tendrán que ser retirados.

Enero de 2024: Requisitos del Reglamento General de Seguridad de los Productos (RGPP) para los cosméticos vendidos en línea

Normativa sobre cosméticos Europa

El nuevo reglamento transversal CE 2023/988 (también conocido como GPSR) establece algunas disposiciones en el artículo 19, para los productos vendidos en línea/venta a distancia, y aplicables a los cosméticos. Cosmetics Europe ha aclarado los requisitos de este artículo 19 en una guía en línea: CVCI_GPSR_Art19_CE_guidance_28-11-2023.pdf (cosmeticseurope.eu)

En pocas palabras, es responsabilidad del operador económico que vende productos cosméticos en línea garantizar que la siguiente información esté indicada de forma clara y visible en los puntos de venta en línea / a distancia:

  • Nombre, dirección postal y electrónica de la persona responsable
  • Información para la identificación del producto: imagen, función del producto, cualquier otro identificador del producto
  • Precauciones de uso, advertencias y consejos de prudencia

Enero de 2024: Dictamen del CCSC sobre 2 ingredientes, se reafirma la seguridad del Metilparabeno y la Benzofenona-4

Dos dictámenes recientes del CCSC se publicaron a finales de diciembre de 2023 y reevalúan la seguridad de ingredientes denunciados por sus posibles propiedades de alteración endocrina.
Aunque ya estaban limitados por el reglamento de la UE sobre productos cométicos, el metilparabeno y la benzofenona-4 figuraban en la lista de prioridades de la comisión de la UE para reevaluar su seguridad en relación con sus posibles propiedades de alteración endocrina.
El Consejo Científico de Seguridad de los Consumidores declaró que, teniendo en cuenta todos los datos disponibles y las preocupaciones relacionadas con la actividad endocrina:
– El metilparabeno es seguro como conservante en productos cosméticos en concentraciones de hasta el 0,4% (expresado como ácido)
– La benzofenona-4 es segura cuando se utiliza como filtro UV hasta una concentración máxima del 5% en protectores solares, cremas faciales y de manos, barras de labios, aerosoles propelentes de protección solar y aerosoles de bomba, cuando se utilizan por separado o en combinación.

Diciembre de 2023: ¡Cosmetics Direct está vivo!

La MoCRA introdujo la obligación de registrar las instalaciones y enumerar los productos (Sección 607 de la Ley FD&C). Esas acciones pueden realizarse a través de Cosméticos Directos. Tras meses de espera, la plataforma ya está abierta y disponible en este enlace : https://direct.fda.gov/apex/f?p=100:LOGIN_DESKTOP. Como recordatorio, la FDA no hará cumplir el requisito de registro a los propietarios u operadores de instalaciones que hayan empezado a fabricar o procesar un producto cosmético después del 29 de diciembre de 2022, ni el requisito de listado para los productos cosméticos comercializados por primera vez después del 29 de diciembre de 2022, hasta el 1 de julio de 2024.

Diciembre de 2023: Cosmetics Europe ha lanzado la app COSMILE Europe

Facilita el acceso a los detalles de las composiciones cosméticas escaneando códigos de barras, listas de ingredientes o buscando ingredientes específicos a través de un teléfono móvil. La base de datos está diseñada para ayudar a los consumidores a entender por qué determinados ingredientes están en sus productos cosméticos, qué propiedades tienen, cómo están regulados en la UE y muchas cosas más. Esta base de datos imparcial proporciona a los consumidores información objetiva y científica, sin imponer opciones ni clasificaciones. Es una herramienta práctica para una toma de decisiones informada y transparente.

Diciembre de 2023: Prohibición de los PFAS en EEUU

Las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas son el nuevo enemigo público de muchos países del mundo. Con los requisitos de la MoCRA, se espera un informe de la FDA sobre la seguridad de esos ingredientes para finales de 2025.

Paralelamente, el 30 de noviembre se presentó un proyecto de ley para prohibir los PFAS en los productos cosméticos (HR 6519).
No se conocen las modalidades relativas a esta prohibición, ya que el texto aún no está disponible.

Noviembre de 2023: Nueva normativa por venir

Normativa Cosmética de la UE

En nuestra
carta informativa 117
Biorius te informó sobre una nueva normativa que se va a aplicar:

  • Prohibición del alcanfor 4-metilbencilideno (SCCS/1640/21)
  • Nuevas restricciones para la genisteína, la daidzeína (SCCS/1641/22), el ácido kójico (SCCS/1637/21), la arbutina, la alfa-arbutina (SCCS/1642/22), el retinol, el palmitato de retinol y el acetato de retinol (SCCS/1639/21)
  • Restricciones actualizadas/adicionales para el Triclosán y el Triclocarbán (SCCS/1643/22)

El marco temporal se ha desplazado un poco. El reglamento se someterá a votación en breve y esperamos que se publique a finales del tercer trimestre de 2024.

También hay que señalar que ha cambiado la redacción de la advertencia sobre la vitamina A. La nueva redacción del texto a votar es “contiene vitamina A. considerar la ingesta diaria antes de su uso”

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